miércoles, 7 de diciembre de 2016

Expediente Electronico - San Luis un paso mas adelante


http://www.justiciasanluis.gov.ar/soporte/docs/REGL-EXP-ELECT.pdfhttp://www.justiciasanluis.gov.ar/soporte/docs/REGL-EXP-ELECT.pdf


INGRESO WEB DE ESCRITOS: ART. 19. PERÍODO VOLUNTARIO: Se mantiene vigente, con carácter voluntario, para los Abogados y demás auxiliares de la Justicia, la funcionalidad de ingreso de escritos vía Web en el sistema informático de expedientes tramitados en las dependencias del Poder Judicial de la Provincia de San Luis. El ingreso de escritos por medio del sistema informático será facultativo y coexistirá con el sistema de presentación personal de la petición en papel en mostrador, inter se disponga la despapelización total del expediente judicial por Acuerdo del Superior Tribunal de Justicia. Se exceptúan del carácter voluntario los casos que se encuadren por Acordada dentro de lo previsto en Capítulo II de este Título II. ART. 20. FIRMA DIGITAL VALIDANTE: Para garantizar la integridad y la autenticidad de los escritos que se incorporen por este medio, éstos deberán estar firmados digitalmente, sin excepciones. Asimismo, cuando se adjunte documental digitalizada a la presentación, los archivos correspondientes también deberán estar firmados digitalmente. En todos los casos la firma deberá ser la registrada como profesional matriculado del Colegio profesional que corresponda. En ambos casos no será necesaria la presentación de ejemplares impresos.